Perú: SBS implementa nuevo reglamento para tarjetas de crédito y débito
7 de Noviembre, 2013 - Perú
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) dispuso que los usuarios de tarjetas de crédito y de débito podrán solicitar la supresión de algunos servicios asociados a dichos productos como compras por Internet o disposición en efectivo.
El Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito que entrará en vigencia el 1 de abril del 2014, y cuya finalidad es reforzar las medidas vigentes sobre expedición, administración y seguridad en el uso de dichos instrumentos de pago, dispone que al 31 de diciembre del 2014, todas las nuevas tarjetas contarán con chip que permita almacenar y procesar información de los usuarios y sus transacciones.
Entre las medidas de seguridad que establece para las tarjetas de crédito señala que el usuario podrá solicitar la supresión de algunos servicios asociados a dicho producto.
Por ejemplo disposición de efectivo, consumos u operaciones efectuadas en el exterior con presencia física de la tarjeta, compras por Internet, entre otras. De igual forma, se modifica el contenido mínimo de los estados de cuenta, a fin de otorgar información adicional a los usuarios.
Para el caso de las tarjetas de débito se establecen disposiciones sobre información mínima, condiciones y vigencia aplicable a estos instrumentos de pago. Igualmente el usuario podrá solicitar la supresión de algunos servicios asociados a su tarjeta como disposición en efectivo, consumos por Internet, entre otros.
Con relación a las transacciones no reconocidas se establece que ante el rechazo de una transacción o el reclamo por parte del usuario de que esta fue ejecutada incorrectamente, las empresas serán responsables de demostrar que las operaciones fueron efectuadas .
La norma establece las medidas de seguridad que deberán ser aplicables a las tarjetas de crédito y de débito, para ello los instrumentos de pago contarán con un circuito integrado o chip que permita almacenar y procesar información del usuario y sus transacciones, cumpliendo así con los estándares internacionales para el uso y verificación de las tarjetas así como para la autenticación de pagos.
La norma también precisa que las empresas deberán contar con sistemas de monitoreo de transacciones , que tengan como objetivo detectar aquellas que no corresponden al comportamiento habitual de consumo del usuario.
En tanto que las empresas emisoras deberán otorgar a los usuarios la opción de contar con un servicio de notificaciones sobre operaciones de disposición o retiro de efectivo , compras y otras operaciones que la empresa identifique con riesgo de fraude, inmediatamente después de ser registradas por la empresa.
Esta notificación podrá realizarse a través de mensajes a un teléfono móvil y/o correo electrónico, entre otros mecanismos que pueden ser pactados con los usuarios.
Fuente: Andina
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