En Uruguay los aranceles de tarjetas de débito bajarán a 1,5% a fin de año para pequeños comercios
27 de Julio, 2017 - Uruguay
Los costos de las comisiones que cobran los operadores de tarjetas de crédito no podrán superar 1,5% en el caso de transacciones a tarjetas de débito hechas por pequeños comercios.
Los aranceles cobrados por los bancos y operadores de tarjetas de débito deberán bajar gradualmente hasta llegar a un máximo de 1,5% a fin de año, según explicó el coordinador de Inclusión Financiera, Martín Vallcorba. Lo anterior aplica para comercios pequeños o micro empresas, pues hay empresas de grandes superficies o altos volúmenes que tienen sus propios convenios o tarifas diferenciadas.
Actualmente, las comisiones por transacción para pequeños comercios están en 2%, pero antes de la ley de inclusión financiera eran del 7%. Además, el Gobierno subsidia el costo de implementar el dispositivo de pagos electrónicos (POS) para los comercios chicos: el POS más sencillo cuesta $327 por mes, y los comercios pueden optar por un subsidio de hasta el 70% a fin de año, el cual bajará a 40% en 2018.
Se aceptan todas las tarjetas
Según Vallcorba, de no tomarse ninguna política pública, se profundizará “la brecha entre pequeños y grandes comercios”, pues “se trata de avanzar en la inclusión, tanto de personas como de empresas que no accedían a los servicios financieros, para eliminar barreras y generar condiciones de equidad”.
Las tarjetas de débito están absolutamente asociadas a una cuenta corriente o una caja de ahorro y permiten comprar como si fuera en efectivo, debitando cada compra directamente de la cuenta. Al cliente se le cobra solamente lo que vale el o los artículos o servicios adquiridos, mientras que el comercio debe pagar al operador de la tarjeta una comisión. Así pues, siendo actualmente 2% el arancel para pequeños comercios, estos deben pagar $2 de cada $100.
Cada tarjeta, según sus prestaciones, servicios y costos operativos, tiene diferentes comisiones, cobros o aranceles tanto para el consumidor como para el comercio. Las comisiones que se van a cobrar deben figurar en el contrato y cualquier modificación debe ser comunicada.
Fuente: lr21.com.uy
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